copyright
El derecho de autor se utiliza para describir los derechos de los creadores sobre sus obras literarias, artísticas y científicas. La protección del derecho de autor se obtiene automáticamente, en virtud de la creación, sin necesidad de efectuar ningún registro ni otros trámites.
Los derechos de autor abarcan, en lista no cerrada, las siguientes obras o creaciones del intelecto humano:
Las obras literarias como libros, novelas, poemas, representaciones escénicas, artículos periodísticos
Los programas informáticos (softwares) y las bases de datos
La música, las películas, composiciones musicales y coreografías
Las obras artísticas como la pintura, cuadros, dibujos, ilustraciones, fotografías
Las esculturas y la arquitectura
Los anuncios, los mapas y los dibujos técnicos
El derecho de autor abarca dos tipos de derechos:
Los derechos morales
Son aquellos que protegen los intereses no patrimoniales del autor, entre los que destaca el derecho a reivindicar la paternidad de la obra y el derecho a oponerse a toda modificación de la obra que pueda perjudicar la reputación del creador.
Los derechos patrimoniales
Son los que permiten que el titular de los derechos obtenga compensación económica por el uso que terceros hagan de sus obras. Establece la legislación que el titular de los derechos goza del derecho a autorizar o impedir determinados usos de la obra y a recibir una remuneración por el uso de la obra (incluso por medio de la gestión colectiva). El titular de los derechos patrimoniales de una obra puede prohibir o autorizar:
- la reproducción de su obra de varias formas, como la publicación impresa o la grabación sonora
- la interpretación o ejecución públicas, por ejemplo en una obra dramática o musical
- la grabación de la obra, por ejemplo en forma de discos compactos o DVD
- la radiodifusión de la obra por radio, cable o satélite
- la traducción de la obra a otros idiomas
- la adaptación de la obra, como en el caso de una novela adaptada para un guión
- etc
En este contexto normativo y con la creciente expansión tecnológica, el derecho de autor se ha convertido en una disciplina jurídica compleja y no fácil de gestionar adecuadamente.
En la mayoría de los países existe un sistema de registro de propiedad intelectual facultativo, que facilita la carga del autor de probar la creación, autoría, contenido y datación de las obras.
Y por otro lado han surgido impulsados por le tecnología sistemas alternativos para proteger, acreditar contenido y demostrar la autoría de tus obras, de gran interés para la protección de tus creaciones y la gestión de tu propiedad intelectual.
En PATENTING® te asesoramos y representamos para la protección de tus creaciones, ya sea mediante registro u otras formas alternativas, personalizando la aplicación de instrumentos y soluciones a tu caso concreto, dirigiendo las posibles actuaciones a objetivos de divulgación y explotación de las obras eficaces y rentables.
Nuestras principales aportaciones:
Medidas para la protección de los derechos de autor
- Asesoramiento personalizado y estratégico
- La adopción de medidas para fijar la existencia, la fecha de creación, la propiedad y el alcance de tus creaciones.
- Protección mediante registro y depósitos constitutivos de prueba
Gestión, explotación y ámbito contractual de los derechos de autor
- Gestión de derechos de propiedad intelectual: registros, reclamaciones extrajudiciales, negociación con usuarios y entidades de gestión.
- Asesoramiento integral y representación de titulares de derechos sobre todo tipo de obras y prestaciones: de carácter literario, audiovisual, plástico, musical, programas de ordenador, etc
- La redacción de contratos y acuerdos de licencia, cesión de derechos y cualquier tipo de transacción jurídica con los mismos.
- Contratos de edición
- Contratos sobre software
- Contratos musicales
- Contratos audiovisuales
Conflictos y litigios en materia de propiedad intelectual
- Requerimientos de cese por infracción de derechos de autor
- Preparación de acciones legales, solicitudes de verificación y descripción de hechos, medidas cautelares, diligencias preliminares y solicitudes de recopilación de pruebas críticas y de protección.
- Solicitudes de incautación aduanera de bienes que puedan infringir los derechos de autor.
- Ejercicio de acciones judiciales en defensa de los derechos de propiedad intelectual, así como asistencia en procedimientos de mediación, conciliación y arbitraje.
- Asistencia jurídica a demandados en materia de propiedad intelectual.